El avance de la tecnología no ha sido acompañado de una adecuada protección de los derechos digitales. En el Paraguay, la falta de una legislación integral sobre la privacidad de los datos personales y la ausencia de controles sobre el uso de tecnologías, como la biometría y el reconocimiento facial en espacios públicos, representan amenazas para los derechos fundamentales. Persisten importantes desafíos relacionados con la protección de la privacidad, la libertad de expresión y la gobernanza tecnológica.
Este artículo inicia con una mirada sobre la protección de datos personales, cuya normativa sigue postergada por el Estado y, así, la desprotección es la norma. También se trata la biometría, con sus peligros para la privacidad de las personas. Luego se menciona la necesidad clave de analizar la Ley N.º 7177 del 2023 a la luz de los principios de necesidad y proporcionalidad, de acuerdo con los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Además, se aborda el tema de la inteligencia artificial (IA), que carece de regulación específica en el país, lo que limita su gobernanza responsable y el respeto a principios éticos, al tiempo que agrava los problemas derivados de la falta de protección de datos personales. Se aborda igualmente la votación electrónica, donde la desconfianza ciudadana persiste debido a la falta de claridad sobre las auditorías independientes y la necesidad de una comunicación efectiva acerca del proceso, y la desinformación en procesos electorales. Entre los casos destacados se encuentran los que atentan contra la libertad de expresión vinculados a una mala interpretación de la Ley N.º 5777 y la violencia de género facilitada por la tecnología.
Situación del derecho en 2024
Regulación sobre datos personales, una deuda pendiente
La incidencia de las tecnologías digitales es notable en la salvaguarda de datos personales. Actualmente, muchos servicios de empresas y entidades gubernamentales dependen de la recopilación y el procesamiento de esta información, creando perfiles de usuarios que a veces se comparten con terceros[1]. El Paraguay aún no cuenta con una ley integral de protección de datos, lo que representa una laguna legal significativa.
Desde el año 2018, la Coalición de Protección de Datos Personales[2] ha impulsado la discusión de una propuesta legislativa en el Congreso; sin embargo, hasta la fecha sigue siendo un tema pendiente. En este proceso se logró dialogar con diferentes actores, como expertos, tomadores de decisiones, Presidencia de la República, en especial con el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC) y partes interesadas en general. Los ajustes introducidos en el proyecto de ley fueron realizados con vistas a la realidad y necesidad del país, poniendo énfasis en el cuidado de las personas y sus derechos. Durante años anteriores, la propuesta estuvo incluida en el orden del día de la Cámara Baja en distintas sesiones. En el año 2024 se logró que se incluyera el tratamiento del proyecto[3] para la primera parte del periodo constitucional corriente[4]. Así, figuró en el orden del día en dos fechas: 24 de septiembre y 8 de octubre. Sin embargo, nuevamente no fue tratado[5].
Por otro lado, durante este año se logró una importante articulación entre actores de la sociedad civil, de los poderes del Estado y del sector privado[6], donde se compartieron importantes espacios de debate y diálogo[7] sobre la necesidad de que el país cuente con la aprobación de la Ley Integral de Datos Personales. Como antecedentes más recientes para la sensibilización de la ciudadanía en temas de protección de datos, se han compartido casos relevantes de vulneración de la ciberseguridad. Entre ellos se destaca el incidente con la empresa Tigo de comienzos del año 2024[8], donde datos sensibles de miles de personas fueron expuestos.
Regular la protección de datos personales es fundamental en la era digital para garantizar la privacidad y la seguridad de la información. En un contexto donde la recopilación masiva de datos es común, una protección de datos se vuelve imperiosa para salvaguardar los derechos fundamentales y promover un entorno digital seguro y respetuoso.
Biometría como sistema de vigilancia masiva, un arma de filo peligroso
Los datos biométricos, como el rostro, el iris, la huella dactilar y la voz, son características singulares que permiten la identificación de una persona. Los sistemas de reconocimiento facial recopilan y procesan estos datos altamente sensibles, que son difíciles de modificar, lo que incrementa su vulnerabilidad a filtraciones y robos, poniendo en riesgo la privacidad y el control sobre la identidad individual. Uno de los ejemplos que grafican la vulnerabilidad y los riesgos fue la filtración de 400 GB de datos sensibles de la Policía Nacional[9]. Esta tecnología también facilita la vigilancia masiva y la creación de perfiles detallados, lo que la convierte en una herramienta intrusiva.
Como se viene compartiendo en los informes de derechos humanos de Codehupy[10], esta tecnología logra capturar y almacenar datos biométricos sin consentimiento, lo que puede llevar a invasiones de privacidad, uso indebido de datos y falta de transparencia.
En la búsqueda de transparentar la rendición y el uso de tecnologías invasivas de vigilancia por parte del Estado, la organización TEDIC realizó litigios estratégicos[11] respecto a información y estadísticas sobre el uso de tecnologías de reconocimiento facial, que el Ministerio del Interior y la Policía Nacional comenzaron a utilizar desde el 2018.
Ministerio del Interior (2019-2024). El primer litigio presentado fue en el año 2019, cuando Maricarmen Sequera[12] solicitó información sobre este proyecto, pero el Ministerio respondió de manera parcial alegando confidencialidad. Ante esta negativa, Sequera presentó un amparo judicial, que fue desestimado en Primera y Segunda instancias, lo que evidenció la aplicación selectiva de normas legales y la legitimación de prácticas que amenazan los derechos humanos. El caso se presentó a la Corte Suprema de Justicia, que en 2024 declaró la inconstitucionalidad de la resolución que había negado el acceso a la información, reafirmando el derecho fundamental de acceso a la información pública[13]. Esta decisión establece un importante precedente legal, resaltando la necesidad de supervisar cómo el Estado maneja información personal en el contexto de la seguridad nacional.
Policía Nacional (2023-2024). Este litigio se inició en diciembre de 2023, cuando TEDIC presentó un amparo contra la Policía Nacional para obtener estadísticas sobre el uso de tecnologías de reconocimiento facial, datos que habían sido parcialmente publicados en 2021. La Policía se negó a proporcionar esta información, alegando seguridad nacional, lo que fue considerado como una extralimitación, dado que antes se había divulgado sin problemas. El amparo fue presentado ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. Se presentó una apelación en enero de 2024[14]. El Tribunal de Apelación falló a favor de TEDIC el 15 de enero, estableciendo que la negativa de la Policía no estaba justificada y que el derecho de acceso a la información pública debía ser respetado, incluso en temas de vigilancia[15]. El fallo subrayó que la seguridad nacional no puede ser un argumento general para ocultar información pública, creando un precedente importante. Posteriormente, el 15 de abril de 2024, el Departamento del Sistema 911 proporcionó un informe que reveló la existencia de 1.641 cámaras controladas por la Policía Nacional en el país.
Polémica vigilancia masiva en los estadios de fútbol
La Ley N.º 7269 «De prevención, control y erradicación de la violencia en el deporte»[16], del 2024, ha generado un profundo debate en Paraguay en torno a la vigilancia masiva de los espectadores de fútbol y la protección de los derechos humanos[17]. Mientras las autoridades sostienen que estas medidas son esenciales para combatir la violencia en los estadios, organizaciones de la sociedad civil alertan sobre los peligros que conllevan la recolección masiva de datos biométricos y el uso de tecnologías de reconocimiento facial.
Relacionado a esta ley, en octubre de 2023, se identificó un claro conflicto entre la legislación y los intereses privados. Solo cinco meses después de la introducción del proyecto de ley sobre violencia en el deporte, la Secretaría Nacional de Deportes (SND) firmó un acuerdo de patrocinio con la empresa ITTT S.A.E.C.A. por un monto de USD 1.733.000 y con una duración de cuatro años. Este acuerdo se realizó antes de que se aprobara la ley habilitante, lo que plantea serias dudas sobre la legitimidad del proceso y su alineación con el interés público. También, en enero de 2024, el Ministerio del Interior (MI) y la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF) anunciaron la firma de un convenio para la instalación de sistemas de seguridad basados en reconocimiento facial en los estadios[18]. Sin embargo, un requerimiento de acceso a la información presentado al MI[19] puso de manifiesto que dicho acuerdo no había sido firmado aún, y hasta el momento no se han proporcionado explicaciones públicas sobre esta discrepancia.
Sin una normativa integral acerca de la protección de datos y mecanismos para prevenir abusos, surgen interrogantes sobre la constitucionalidad de la Ley N.º 7269 y su conformidad con estándares internacionales de derechos humanos. Es fundamental que el Estado paraguayo realice una revisión en cuanto a esta ley.
Identidad digital paraguaya sí, pero sin menoscabar derechos fundamentales
En el informe anterior[20] se detalló la reciente aprobación de la Ley N.º 7177 «De validez del formato digital de los documentos de portación obligatoria»[21]. Esta norma plantea desafíos significativos en términos de privacidad y protección de datos personales, permitiendo la coexistencia de documentos digitales y físicos. El MITIC es la autoridad encargada de su implementación, abarcando entidades como la Policía Nacional y la Corte Suprema de Justicia. Un señalamiento importante es que Paraguay es el único país del Mercosur que no ha separado la emisión de documentos civiles de los cuerpos de seguridad[22], lo que genera preocupaciones sobre el diseño del Estado.
Desde la sociedad civil se ha alertado acerca de los riesgos de digitalizar procesos sin evaluaciones de impacto en derechos humanos[23], lo que podría poner en peligro la privacidad y excluir a poblaciones vulnerables[24] (personas refugiadas, transgénero, entre otras). También se señala la necesidad de evaluar la ley en relación con otras normativas, como la Ley N.º 7179 «De simplificación de trámites administrativos en organismos y entidades del Estado e instituciones de educación superior privadas», del 2023, considerando principios de necesidad y proporcionalidad. Este contexto está asociado al riesgo de convivir con la vigilancia masiva[25]. Es importante garantizar que los avances tecnológicos no menoscaben los derechos fundamentales.
La utilización de la tecnología en los servicios del Estado paraguayo ha avanzado significativamente en los últimos años. Iniciativas como el Portal Único de Gobierno y Trámites en línea permiten el acceso a diversos servicios, desde la obtención de certificados hasta la gestión de antecedentes judiciales. Al año 2024, aproximadamente 958.000 personas usan la identidad electrónica en Paraguay[26]. En este contexto, es clave garantizar la protección de datos personales y la inclusión de todos los sectores de la población para asegurar políticas que consideren la privacidad y el acceso equitativo a los servicios, fortaleciendo así la confianza ciudadana en la administración pública.
Uso de inteligencia artificial sí, pero con gobernanza responsable
Existe una visión global atractiva que apunta a la inteligencia artificial (IA) como un mecanismo de modernización[27]. El Paraguay se suma a la serie de países que plantean el desarrollo de la tecnología para generar inversiones y progreso en el territorio[28]. Según expertos, en el país la IA se encuentra en las prácticas de la sociedad desde hace un tiempo. Así pues, aquí «se utiliza desde el celular para algunos servicios financieros, para prácticas médicas, de ingeniería, en la logística de distribución de productos, o aceptando alguna recomendación para ver una próxima película o comprar un producto»[29].
A pesar de la emergencia de prácticas en el Paraguay, aún no se ha avanzado en profundizar debates y análisis sobre la IA y su gobernanza responsable[30] ni en proponer una regulación al respecto. Desde la sociedad civil se vienen realizando varios esfuerzos para contribuir con la sensibilización sobre el tema. Durante este año 2024, las organizaciones tuvieron una importante participación en la 54.ª Asamblea de la Organización de Estados Americanos (OEA)[31], donde se presentó la campaña Stop Killer Robots[32], que buscó incidir en la regulación de armas autónomas, también conocidas como robots asesinos, y en demostrar los peligros que conlleva utilizar la inteligencia artificial sin una regulación.
Asimismo, se destaca el creciente planteo de utilizar IA en los procesos electorales[33] que, de no contar con una regulación, puede acarrear grandes problemas. Los fines que se plantean con el uso de dicha tecnología pueden ser nobles, pero se deben tener en cuenta todos los posibles riesgos que implicaría iniciar un proceso de usabilidad sin el debate público necesario y la consideración de la opinión de expertos.
En el año 2024 se desarrolló el capítulo Paraguay[34] del Índice Global de Inteligencia Artificial Responsable[35]. El enfoque de dicha iniciativa es promover una medición comparada de los países con respecto a la regulación de IA, a fin de promover el uso responsable. Los resultados refieren que Paraguay ocupa el puesto 84 de entre 138 países, con un puntaje de 6,33 sobre 100. Entre los aspectos que condicionan este número, se destaca la falta de una ley de protección de datos personales. Mientras que, entre otros hallazgos relevantes de esta investigación global, se pudo notar que la gobernanza de la inteligencia artificial (IA) no siempre se traduce en un uso responsable, ya que, aunque el 39% de los países analizados cuenta con estrategias nacionales, muchas carecen de principios éticos claros. Esto sugiere que la gobernanza sigue siendo más un concepto que una realidad efectiva. Por otro lado, la cooperación internacional, liderada por la Unesco, es considerada fundamental para fomentar prácticas responsables en IA. Además, persiste una preocupante brecha de género en este ámbito: solo 24 de los países evaluados cuentan con marcos regulatorios que abordan la desigualdad y el impacto negativo que la tecnología tiene en mujeres y comunidades vulnerables.
Para asegurar que esta tecnología beneficie a toda la sociedad, es esencial disponer de legislaciones que regulen tanto los datos personales como el uso de la IA. El Estado debe garantizar el respeto de los derechos humanos a través de principios de gobernanza responsable de la IA. Estas normativas deben ser integrales, vinculantes y basadas en principios éticos sólidos, estableciendo normas claras que promuevan la transparencia, la equidad y la rendición de cuentas.
Elecciones y tecnología: reforzar confianza en la votación electrónica y evitar la desinformación
Máquinas de votación requieren auditoría independiente
La tecnología se destaca en procesos electorales como mecanismo para modernizar la participación ciudadana, con el argumento de transparentar procesos y generar eficiencia y rapidez en las votaciones. En este marco se encuentra el uso de máquinas de votación en el país que sin controles suficientes conlleva riesgos[36], pues implementar el uso sin la socialización y las auditorías necesarias en el proceso fomenta la desconfianza hacia el sistema electoral. Esta preocupación fue presentada a las autoridades del TSJE en el marco de la reforma electoral que es promovida por la institución en el año 2024[37]. En este marco, sigue siendo necesaria la realización de auditorías independientes para reforzar la confianza en el sistema de votación electrónica. La capacitación y la comunicación efectivas hacia la ciudadanía y la participación de la sociedad civil, la academia y de expertos técnicos son requeridas para garantizar un sistema electoral sólido y transparente en Paraguay.
TSJE debe implementar medidas para evitar la violencia y la desinformación en procesos electorales
En el informe del pasado año se analizó la situación de desinformación en el contexto electoral del 2023 y se observó una significativa difusión de desinformación para manipular al electorado. TEDIC realizó un estudio[38] sobre el tema e identificó la tensión entre la libertad de expresión y la desinformación, que puede erosionar la confianza en la democracia. Es preciso que, en lugar de que legisladores o plataformas decidan qué es «verdadero» o «falso», se promuevan el pensamiento crítico y la educación en análisis de información para combatir la desinformación y ejercer los derechos en el entorno digital.
La desinformación en los procesos electorales es un desafío crítico que socava la confianza y la integridad de la democracia. Es fundamental que el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) implemente medidas para mitigar tanto la violencia como la desinformación durante las elecciones, incluyendo la regulación de la propaganda electoral. En este contexto, en el año 2024, el TSJE ha planteado la necesidad de combatir la desinformación utilizando tecnologías de inteligencia artificial[39]. Sin embargo, al poco tiempo, la misma institución aclaró que se están estudiando los caminos más factibles y que hasta ahora no cuenta con la firma de convenio alguno[40].
Asimismo, en la nueva reforma electoral planteada en el 2024, en el artículo 292, dice: «Queda absolutamente prohibida la propaganda cuyos mensajes propugnen: Los mensajes con alusiones personales, injuriosas o denigrantes hacia cualquier ciudadano o ataques a la moralidad pública y las buenas costumbres […][41]». Al respecto, es fundamental aclarar quién tendrá la autoridad para decidir si un mensaje debe ser prohibido. ¿Se dejará esta responsabilidad a un juez bajo el debido proceso, o recae únicamente en el TSJE? Si la interpretación de estos mensajes queda exclusivamente en manos del TSJE sin supervisión judicial, podría estar amenazada la libertad de expresión[42].
Es crucial actuar dentro del marco del derecho a la libertad de expresión, limitando la intervención a aquellos discursos no protegidos, tal como lo establece el artículo 13.5 de la Convención Americana. Este artículo solo excluye la propaganda de guerra, la apología del odio y la incitación a la violencia. Además, se sugiere que las medidas de protección y reparación para mitigar estas prácticas se manejen a través de los fueros Civil y Administrativo, evitando un enfoque punitivo que podría tener repercusiones negativas en la libertad de expresión.
Casos ocurridos en 2024
Casos significativos contra la libertad de expresión vinculados a la Ley N.º 5777
La libertad de expresión en internet se constituye como un pilar fundamental en las sociedades democráticas, permitiendo el intercambio de ideas y la participación ciudadana. Sin embargo, este derecho enfrenta desafíos significativos, especialmente en el ámbito de la violencia de género facilitada por la tecnología.
En una sociedad democrática resulta medular encontrar un equilibrio entre la protección de los derechos de las mujeres, la libertad de expresión y el debido proceso legal. Este equilibrio se vuelve aún más complejo en casos que involucran a figuras públicas. Es fundamental proteger a las personas de posibles abusos y también es necesario asegurar que la libertad de expresión no se vea injustamente restringida. En el año 2024, desde la organización TEDIC se analizó el cumplimiento del derecho a la libertad de expresión examinando la Ley N.º 5777[43]. A partir de ello, fueron seleccionados algunos casos que dan cuenta de las vulnerabilidades y amenazas al derecho.
- Letizia Medina vs. Norma Aquino. La periodista Medina recibió medidas cautelares por publicaciones difamatorias, pero la Justicia falló a favor de la libertad de expresión, destacando la importancia de aplicar correctamente el test tripartito y distinguir entre hostigamiento y libre expresión.
- Rodrigo Gamarra vs. Kattya González. Rodrigo Gamarra fue acusado de difamación por Kattya González alegando ataques personales y difamatorios. La sentencia favoreció a la libertad de expresión, situando la necesidad de proteger la crítica en contextos políticos.
- Fredy Chamorro vs. Claudia Vega. El periodista Chamorro reveló irregularidades en el hospital de Encarnación y fue denunciado por acoso y amenazas, resultando en una sentencia que limitó su libertad de expresión.
- Christian Chena[44] vs. Gisele Mousques. A Chena prohibieron que mencione a Mousques en medios digitales, limitando su libertad de expresión. La organización TEDIC expresó su preocupación sobre esta tendencia en febrero de 2024[45] y, ante la incorrecta aplicación de la ley en este caso particular, presentó un amicus curiae[46] ante la Corte Constitucional[47], en colaboración con el Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE)[48] y la Wikimedia Foundation[49]. El resultado fue la revocación de la sanción impuesta contra Christian Chena, sellando un importante precedente a favor de la libertad de expresión.
Estos casos demuestran cómo la Ley N.° 5777 puede ser interpretada de manera inadecuada y funcionar como mecanismo cercenador, limitando el debate público y la libertad de prensa. No se discute que la ley es esencial para proteger a las mujeres, pero demuestra que se necesita establecer capacitaciones y ciertos ajustes para evitar su uso indebido como instrumento de censura.
Violencia de género facilitada por la tecnología a mujeres políticas
Las nuevas formas de relacionarse con el espacio digital se encuentran atravesadas por límites culturales y sociales previos[50]. Considerar a las mujeres políticas en Paraguay implica situarlas dentro del proceso histórico en el cual se encuentran las mujeres en el país. Es fundamental cuidar e incluir sus voces para asegurar una representación más completa y fomentar el empoderamiento de otras mujeres. Analizar esta situación implica también considerar el contexto socioeconómico de profunda desigualdad y postergación que enfrentan las mujeres y otros sectores vulnerables en el país. Ellas muestran las barreras adicionales que se encuentran en la sociedad para alcanzar la igualdad y para que los derechos sean cumplidos.
El caso de la exparlamentaria Kattya González ilustra la violencia sistémica que enfrentan las mujeres políticas[51], donde los ataques coordinados y la intimidación pueden truncar la voluntad popular de elegir a una mujer como senadora, para luego, en febrero del presente año, destituirla de su banca.
La violencia facilitada por la tecnología empeora esta situación, complementando la violencia física y causando daños significativos en la vida de las mujeres, desde sufrir hostigamientos en redes sociales, enfrentar la articulación de mecanismos de destitución, hasta recibir amenazas de muerte. En 2024 se evidenciaron ataques y un preocupante retroceso en materia de género, manifestado esto por la eliminación de la palabra género en una de las comisiones del Congreso[52], lo que resalta la gravedad de esta problemática.
En una investigación[53] referente a la violencia política facilitada por la tecnología contra mujeres en el Paraguay se releva una serie de evidencias importantes para la reflexión y que sobre todo apuntan a la necesidad de contar con una legislación que proteja a las mujeres políticas. Los hallazgos muestran que las legisladoras, ministras y concejalas entrevistadas se sienten desprotegidas y vulnerables en su labor política, con una destacada preocupación por la violencia digital. Coinciden en que las redes sociales son un terreno peligroso, donde enfrentan desacreditación, humillación, entre otros riesgos. Las formas de violencia digital incluyen el ciberacoso, la difusión no consensuada de imágenes, noticias falsas, el doxeo (publicación de información personal sin permiso) y, en casos extremos, el salto de agresiones digitales a físicas.
En la política actual, las redes sociales se han convertido en un campo de batalla digital donde las mujeres políticas enfrentan un constante bombardeo de preguntas, quejas y ataques. El uso intensivo de estas plataformas las expone a una avalancha de mensajes, violencia y acoso, lo que a menudo las lleva a evitar conectarse o no responder para protegerse. Las entrevistadas refirieron que existe una complejidad al ser personas públicas y exponerse a las críticas que, en ocasiones, se vuelven hechos de violencia. Finalmente, para abordar la violencia digital de manera efectiva, es necesario involucrar a todos los sectores de la sociedad, incluidos gobiernos, plataformas digitales, técnicos especializados y la comunidad en general.
Conclusiones
El periodo de este informe atravesó importantes desafíos en cuanto a los derechos humanos en el entorno digital. La intersección entre el derecho a la libertad de expresión y la violencia de género en el ámbito tecnológico mostró necesidades urgentes. Si bien la tecnología ha ampliado el acceso a la información y los espacios de expresión, también ha facilitado la proliferación de la violencia de género y la desinformación. Esta desinformación puede intensificar el acoso y la violencia en línea, creando un entorno aún más hostil para las mujeres. Es crucial encontrar un equilibrio que proteja a ambos derechos. Implementar políticas efectivas y fomentar una cultura digital segura son pasos necesarios para asegurar que la tecnología promueva la igualdad y la no discriminación. Los casos destacados muestran cómo la Ley N.º 5777, aunque fundamental para proteger a las mujeres, fue malinterpretada y utilizada para limitar el debate público y la libertad de prensa, lo que sugiere la necesidad de capacitaciones y ajustes para prevenir su uso indebido como herramienta de censura.
En cuanto a la protección de datos personales, es imperativo que el Paraguay avance en su regulación, a fin de solucionar la laguna legal en este ámbito. La Coalición de Datos Personales ha desarrollado un proyecto de ley robusto y basado en evidencia, que incorpora elementos propositivos y participativos; no obstante, el Poder Legislativo sigue postergando su tratamiento.
Además, el derecho a la privacidad estuvo amenazado por la implementación de tecnologías de reconocimiento facial. La vigilancia masiva por parte del Estado cimentó su desarrollo a partir del uso de cámaras de reconocimiento facial en los estadios de fútbol. Se destaca que el impacto de la falta de una ley integral de datos personales repercute en este derecho.
La privacidad y la identidad digital paraguaya siguen presentando importantes retos. Así pues, es crucial analizar la Ley N.º 7177, promulgada en el 2023, desde la perspectiva de necesidad y proporcionalidad, de acuerdo con los principios establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Cualquier medida que impacte en la privacidad debe ser estrictamente necesaria en una sociedad democrática y proporcional al objetivo legítimo que persigue.
Por su parte, el tema de la inteligencia artificial en el Paraguay no cuenta con regulación específica alguna y el Estado no está implementando gobernanza responsable sobre ella, que pueda respetar principios éticos y evitar sesgos. La falta de legislación de protección de datos personales también compromete la situación de IA en el país.
En cuanto a la situación de votación electrónica en el Paraguay, la desconfianza de la ciudadanía hacia dicho proceso se percibe latente por la falta de claridad sobre la realización de auditorías independientes y la promoción de capacitaciones y comunicaciones efectivas hacia la ciudadanía. Se identifica la necesidad de mayor participación de la sociedad civil, la academia y expertos técnicos para garantizar un sistema electoral sólido y transparente. Sigue siendo una deuda disponer de una regulación que aborde las campañas digitales y que incluya la protección de datos personales y un control riguroso por parte de la autoridad electoral. La presentación de la propuesta de reforma electoral es un importante hecho durante el año 2024, pero que no aborda suficientemente el tema del espacio digital en contextos electorales.
Recomendaciones
- Priorizar la regulación sobre la protección de datos personales en el Paraguay, en especial, por parte de los poderes Legislativo y Ejecutivo, atendiendo al tratamiento del proyecto de ley promovido por la Coalición de Datos Personales para asegurar una legislación integral y basada en evidencia.
- Respetar la privacidad de las personas a partir de que el Poder Ejecutivo transparente los mecanismos tecnológicos utilizados como parte de la seguridad interna, dando a conocer los alcances de las cámaras de reconocimiento facial utilizadas actualmente y analizando su funcionamiento para evitar abusos y excesos contra los derechos humanos.
- Aplicar adecuadamente la Ley N.º 7177, de 2023, relacionada a la identidad digital paraguaya, a fin de garantizar que cualquier medida que afecte a la privacidad sea estrictamente necesaria y proporcional al objetivo legítimo, conforme a los principios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
- Establecer normativas para regular tanto los datos personales como el uso de la inteligencia artificial, basadas en principios de gobernanza responsable de la IA.
- Garantizar la realización de auditorías independientes en los procesos electorales para reforzar la confianza en el sistema de votación electrónica y promover la transparencia.
- Promover —a través del TSJE— campañas digitales, incluyendo la protección de datos personales y un control riguroso por parte de la autoridad electoral, a la vez de priorizar el acceso a la información y la disponibilidad de datos en la reforma electoral.
- Revisar y ajustar la Ley N.º 5777 para evitar su uso indebido como herramienta de censura, garantizando que proteja a las mujeres sin restringir el debate público y la libertad de prensa.
Mariela Cuevas
Licenciada en Gestión Social para el Desarrollo Local. Magíster en Ciencias Sociales con énfasis en Desarrollo (FLACSO – Paraguay). Magíster en Hábitat y Pobreza Urbana (Universidad de Buenos Aires). Realizó investigaciones sobre temas de desarrollo, hábitat y vivienda, educación, cultura y participación. Actualmente se enfoca en temas de género, democracia y tecnopolítica. Es gerente ejecutiva de la Asociación TEDIC y cuenta con 15 años de experiencia en el campo de la gestión pública y de la sociedad civil.
Contacto: mariela@tedic.org
[1] Maricarmen Sequera, Eduardo Carrillo y Fátima Morínigo, «Deudas y desafíos para un pleno disfrute de los derechos humanos en el entorno digital», en Derechos Humanos en Paraguay 2023 (Asunción: Codehupy, 2023), https://cutt.ly/VeD92rbF
[2] La Coalición de Datos Personales está conformada por TEDIC, APADIT, PUENTE e Internet Society, capítulo Paraguay.
[3] El pedido fue realizado por el diputado Rodrigo Blanco en la sesión del 24 de julio de 2024.
[4] «Propuesta de proyecto de Ley de Protección de Datos Personales», TEDIC, 25 de julio de 2024, acceso el 7 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/peD3WZhR
[5] «Ficha Técnica del Expediente», SilPy – Sistema de Información Legislativa, acceso el 10 de octubre de 2024, https://cutt.ly/5eDHpWIK
[6] «Última versión del proyecto de ley de datos personales en Paraguay: Un trabajo colectivo y participativo», TEDIC, 25 de julio de 2024, acceso el 7 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/9eDHpeeC
[7] «Datos personales: seguimos luchando por la sanción de una Ley integral para Paraguay», TEDIC, 28 de mayo de 2024, acceso el 7 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/leD32y0P
[8] Ibidem.
[9] «La filtración de datos policiales en Paraguay y una imperante urgencia de respuestas», TEDIC, 4 de octubre de 2023, acceso el 20 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/feD39qH8
[10] Maricarmen Sequera y Paloma Lara Castro, «Derechos digitales. ¿Quién vigila al vigilante?», en Derechos Humanos en Paraguay (Asunción: Codehupy, 2019), https://cutt.ly/7eD375ja
[11] TEDIC realizó 41 solicitudes de acceso a información a diversas instituciones, de las cuales 30 respondieron, confirmando la existencia de cámaras, pero solo cinco admitieron tener sistemas de reconocimiento facial.
[12] Representante de TEDIC.
[13] Amparo constitucional promovido por Maricarmen Sequera Buzarquis, bajo patrocinio de los abogados Federico Legal Aguilar y Ezequiel F. Santagada c/ Ministerio del Interior, 2019-609, Sentencia 70-2019, acceso el 5 de octubre de 2024, https://cutt.ly/5eD8yL9k
[14] «Juicio “Leonardo Gómez Berniga c/ Ministerio del Interior s/ Amparo”. Año 2023, N.º 469», Acuerdo y Sentencia N.º 5, Tribunal de Apelación Civil y Comercial de la Capital, Quinta Sala, Corte Suprema de Justicia, 2024, acceso el 7 de octubre de 2024, https://cutt.ly/xeD8pTOz
[15] «Juicio “Leonardo Gómez Berniga c/ Policía Nacional s/ Amparo”, Año 2023, N.º 395», Acuerdo y Sentencia N.º 2. Tribunal de Apelación de Feria, Corte Suprema de Justicia, 2024, acceso el 6 de octubre de 2024, https://cutt.ly/LeD8siry
[16] Ley N.º 7269, https://cutt.ly/teJ9b9d6
[17] «Vigilar, censurar y castigar: alerta sobre nueva Ley en el deporte en Paraguay», TEDIC, 25 de septiembre de 2024, acceso el 6 de octubre de 2024, https://cutt.ly/XeD8dQrZ
[18] «Pagos digitales en los estadios y reconocimiento facial anti vandalismo, en busca de más seguridad en el deporte», Market Data, 23 de enero de 2024, acceso el 4 de octubre de 2024, https://cutt.ly/4eD8fAnb
[19] «Solicitud #84930. Acuerdo entre la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF) y el Ministerio del Interior (MDI)», Portal Unificado de Acceso a la Información Pública, acceso el 7 de octubre de 2024, https://cutt.ly/8eFqZlpa
[20] Sequera, Carrillo y Morínigo, «Deudas y desafíos…
[21] Ley N.º 7177 del 20 de octubre de 2023 «De validez del formato digital de los documentos de portación obligatoria», Gaceta oficial, acceso el 19 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/IeJ416SJ
[22] «Identidad digital en Paraguay: riesgos y recomendaciones desde una perspectiva de derechos humanos», TEDIC, 2 de abril de 2024, acceso el 9 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/AeD8g5Qv
[23] Ibidem.
[24] «Digital National ID systems: Ways, shapes and forms», Privacy International, 26 de octubre de 2021, acceso el 9 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/oeD8zseq
[25] «The digital identity toolkit», Access Now, 8 de octubre de 2023, acceso el 9 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/deD8zBti
[26] «Solicitud #85650. Acuerdo entre la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF) y el Ministerio del Interior (MDI)», Portal Unificado de Acceso a la Información Pública, acceso el 7 de octubre de 2024, https://cutt.ly/LeFqXQz1
[27] «Inteligencia artificial para modernizar los Estados de América Latina», Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe – CAF, 15 de septiembre de 2021, acceso el 10 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/VeD8QnxJ
[28] «Paraguay busca ser parte del avance del mundo hacia la inteligencia artificial», Ministerio de Industria y Comercio, acceso el 10 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/zeD8Q5U0
[29] «Benjamín Barán: la inteligencia artificial en Paraguay», El Nacional, 23 de abril de 2023, acceso el 10 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/ZeD8VrOk
[30] «Inteligencia Artificial en Paraguay: La urgente necesidad de una gobernanza responsable», TEDIC, 5 de agosto de 2024, acceso el 9 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/reD8Buc7
[31] «Re(x)sistentes a la deshumanización digital: TEDIC y la regulación de armas autónomas en la OEA», TEDIC, 3 de julio de 2024, acceso el 10 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/feD8NnRD
[32] La campaña se presentó en el seminario «Voces por los Derechos; Asamblea de Mujeres» y en la «Feria de la Sociedad Civil».
[33] «Liberar boca de urna y utilizar IA contra “perfiles de odio”, las reformas que plantea el TSJE», Hoy, acceso el 10 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/qeD80mJ2
[34] La investigación estuvo coordinada por Maricarmen Sequera y la asistencia fue de Antonia Bogado.
[35] La coordinación del índice fue llevada a cabo por la Iniciativa Latinoamericana por los Datos Abiertos (ILDA).
[36] «Elecciones 2023. Uso de máquinas de votación electrónica», TEDIC, febrero de 2024, acceso el 29 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/yeD89hWr
[37] «Incidencia nacional: Mayo a septiembre de 2024», TEDIC, 4 de octubre de 2024, acceso el 15 de noviembre de 2024, https://cutt.ly/5eJFn7Nm
[38] Sequera, Carrillo y Morínigo, «Deudas y desafíos…
[39] «El TSJE plantea un pacto ético-digital e identidad electrónica», Última Hora, 22 de julio de 2024, acceso el 4 de octubre de 2024, https://cutt.ly/YeD4A6cM
[40] «TSJE aclara que no firmó convenio con Meta para combatir la desinformación», ABC Color, 27 de agosto de 2024, acceso el 2 de octubre de 2024, https://cutt.ly/beD4AOAX
[41] «Hacia una nueva reforma electoral en Paraguay», TEDIC, 4 de septiembre de 2024, acceso el 5 de octubre de 2024, https://cutt.ly/eeD4Aw24
[42] Ibidem.
[43] «Investigación sobre Ley 5777/16: Exploramos 6 casos legales que ponen en juego la libertad de expresión», TEDIC, 7 de mayo de 2024, acceso el 18 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/XeD4rUih
[44] Accionista del medio RDN, https://www.rdn.com.py/
[45] «Preocupaciones sobre la tergiversación de la ley 5777/16 en Paraguay: una herramienta de doble filo para la libertad de expresión», TEDIC, 27 de febrero de 2024, acceso el 7 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/beD4YHVW
[46] Un amicus curiae es una expresión en latín que significa «amigo de la corte». En el ámbito legal, se refiere a una persona o grupo que, sin ser parte directamente involucrada en un caso, ofrece información, experiencia o una perspectiva adicional que puede ayudar a los miembros de una corte a tomar una decisión más informada (TEDIC, 2024).
[47] «Presentamos un amicus curiae en el caso Christian Chena vs. Gisele Mousques», TEDIC, 1 de agosto de 2024, acceso el 7 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/TeD4UA5C
[48] Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE), Historia y objetivos, acceso el 16 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/9eD4Izrk
[49] Wikimedia Foundation, 2024, acceso el 7 de septiembre de 2024, https://wikimediafoundation.org/es/
[50] Oscar Grillo, «Itinerarios de la antropología y su mirada sobre el mundo digital», en Ana Laura Rivoir y María Julia Morales (Coords.), Tecnologías digitales. Miradas críticas de la apropiación en América Latina (Buenos Aires: CLACSO, 2019).
[51] «Fiscalía de Paraguay considera “inconstitucional” destitución de senadora opositora», Swissinfo.ch, 15 de junio de 2024, acceso el 7 de octubre de 2024, https://cutt.ly/MeD4OiDQ
[52] «Diputados eliminan la palabra “género” de Comisión de Equidad Social», Última Hora, 6 de marzo de 2024, acceso el 30 de septiembre de 2024, https://cutt.ly/EeFVOSc0
[53] «Violencia digital de género a mujeres políticas en Paraguay», TEDIC, agosto de 2024, acceso el 6 de octubre de 2024, https://cutt.ly/beD4SPuG